Sentencia de segunda instancia declara fundada la apelación del Ministerio de Cultura y reconoce la vulneración al derecho constitucional de defensa del patrimonio cultural de la Nación.
El Poder Judicial, a través de la Sala Mixta Descentralizada de Andahuaylas de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, declaró fundada la apelación interpuesta por el Ministerio de Cultura en el proceso de amparo contra la Asociación de Servicios Integrales Turísticos Culturales del Complejo Arqueológico Sondor. En consecuencia, ordenó la restitución de la administración del Sitio Arqueológico Sondor a favor del Estado y el retiro inmediato de toda infraestructura instalada sin autorización.
La sentencia, contenida en la Resolución N.º 09 de fecha 26 de junio de 2025, reconoce la vulneración al derecho constitucional de protección del patrimonio cultural de la Nación y dispone el cese definitivo de las actividades de administración y cobro de boletos realizadas por la asociación demandada sin autorización del Ministerio de Cultura.
Asimismo, el tribunal ordena el retiro de casetas, cercos u otras estructuras no autorizadas en el sitio arqueológico, así como la suspensión de cualquier faena de limpieza o mantenimiento que implique actos de administración. Del mismo modo, exige la presentación de un informe contable documentado con los ingresos y egresos obtenidos por el cobro de entradas, disponiendo que los remanentes no utilizados sean devueltos al Ministerio de Cultura para ser destinados exclusivamente a la conservación, protección y puesta en valor del sitio.
Esta decisión se sustenta en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú y en la Ley N.º 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, que reconoce al Estado como único responsable de la administración, defensa y salvaguarda de los bienes culturales, entre ellos los sitios arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural.
La Procuraduría Pública del Ministerio de Cultura impulsó esta acción constitucional en noviembre de 2024, con el fin de frenar actividades no autorizadas que venían afectando la integridad del Sitio Arqueológico Sondor, ubicado en el distrito de Pacucha, provincia de Andahuaylas, Apurímac, y declarado patrimonio cultural de la Nación mediante Resolución Directoral Nacional N.º 1554/INC del año 2006.
Este fallo constituye un precedente trascendental en la defensa legal y constitucional del patrimonio cultural del Perú, reafirmando que su administración y conservación corresponde de manera exclusiva al Estado.
